Hola de nuevo!
Como muchos de vosotros ya sabéis, el Grupo Popular del Ayuntamiento de Quicena y el Club Deportivo Siglo XXI llevamos casi un año trabajando para firmar un convenio de colaboración para el aprovechamiento del campo de fútbol de tierra sito junto a las piscinas y el parque de Javier Tomeo.
Este convenio surge ante la inquietud que nos provoca a los concejales del Grupo Popular de este Ayuntamiento la merma de ingresos provocada por la crisis, el traslado de alguna empresa de nuestro término municipal a otras localidades, la prácticamente inexistente inversión privada, la poca iniciativa del actual equipo de gobierno para buscar recursos, etc. Nos propusimos buscar alguna fuente de financiación novedosa y que no estuviera sujeta a "los vaivenes del destino", que fuera estable en la medida de lo posible.
En este punto, y gracias a la colaboración de un vecino (sirvan estas líneas también de sincero homenaje a M.A.D. por su dedicación desinteresada) nos pusimos en contacto con el Club Deportivo Elemental Siglo XXI. Este club, que fomenta por encima de todo el deporte de base, no tenía unas instalaciones para emplear como "propias", es decir, para emplearlas tanto para el entrenamiento como para partidos oficiales, torneos, campus, etc., instalaciones que sí tenemos en Quicena. Y que por cierto, dicho sea de paso, como no se usan, no se mantienen; y como no se mantienen, no se usan.
Pues bien, como os digo, llevamos casi un año trabajando, negociando, buscando puntos de encuentro, y redactando el convenio que a continuación os presentamos. Convenio que hemos presentado en el Ayuntamiento, que en principio es favorable a su aprobación y firma, y que describe tanto las obras a realizar por el Club, las cuestiones a respetar por ambas partes y la contraprestación económica a percibir por el Ayuntamiento.
Como veréis, hemos intentado no dejar cabos sueltos; el campo, presentará un aspecto fabuloso después de las obras, campo que será reglamentario y homologado por la Federación Aragonesa de Fútbol. El entorno mejorará y se hará más accesible. El pueblo mantiene la propiedad íntegra de las instalaciones, incluídas todas las obras de mejora. También se crea una Comisión de Seguimiento del convenio, con igual representatividad por ambas partes. El Club gestiona y usa las instalaciones, siempre bajo la supervisión de la Comisión de Seguimiento. Y cuando algún vecino desee hacer uso de las instalaciones, tan sólo debe avisar en el Ayuntamiento para que se le facilite el acceso a ellas adaptándose a los horarios disponibles.
También queremos reseñar que los ingresos que obtendrá el Ayuntamiento serán, además de los reseñados en el punto quinto, de 3.600,00 € anuales en concepto de alquiler de usos horarios.
Os animamos a leer el convenio y a que nos déis vuestra opinión, así como sugerencias para su mejora.
AYTO DE QUICENA CLUB DEPORTIVO SIGLO XXI
CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE QUICENA Y EL CLUB DEPORTIVO SIGLO XXI OSCENSE
En Quicena a 27 de Agosto de 2014
REUNIDOS
De una parte, Don Fco. Javier Belenguer Anzano, concejal del Ayuntamiento de Quicena y actuando en nombre y representación del mismo, según autorización otorgada por el Alcalde presidente de este Ayuntamiento con fecha 26 de Marzo de 2014, con domicilio social en Avda. de la Canaleta, nº 2, 22191 Quicena (Huesca).
Y de otra parte, Don Rafael Castro Baena, en calidad de Presidente del Club Deportivo Siglo XXI Oscense, con domicilio social en Avda. de los Danzantes, nº 2, 22005 Huesca
Las partes, en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto
EXPONEN
Primero. El objeto del acuerdo se circunscribe a unas instalaciones propiedad de Ayuntamiento de Quicena. A saber, campo deportivo para la práctica del fútbol (ahora mismo tierra con dos porterías en mal estado), y pista polideportiva (ahora mismo en un estado aceptable) sin perjuicio de uso de otras instalaciones como el parque “Javier Tomeo” y la piscina municipal. La finca objeto del convenio es la parcela número 83 del polígono 1, denominado “La Pardina". La superficie total de la finca (que no de las instalaciones) es de 43.286 metros cuadrados, y su referencia catastral es 22266A00100830000DJ.
Segundo. El Ayuntamiento tiene como objetivo, entre otros, la promoción deportiva local, el fomento del asociacionismo bien sea deportivo o no, descentralizando parcelas de la gestión mediante convenios de colaboración con entidades, federaciones y clubes, tanto públicas como privadas, encaminados a mejorar la calidad de vida de las personas.
Tercero. El Club Siglo XXI, para crecer y mejorar en el desarrollo de su actividad fundamentada en el fútbol base necesita un espacio propio, unas instalaciones que le hagan independiente y con las que pueda ofertar un servicio para el que ya tiene demanda. Concretamente, un campo de juego y de entrenamiento.
Cuarto. La normativa federativa obliga a unas instalaciones mínimas que conlleva el gasto de una cantidad seria de dinero, cantidad que correría por cuenta del Siglo XXI. Valoración ésta que ya se está llevando cabo y cuya estimación se menciona más adelante. Por ello, y porque se considera que no se podrán superar unas determinadas cifras se le da forma a este convenio de uso.
Quinto. Ambas partes manifiestan estar interesados en la promoción, potenciación y desarrollo tanto del deporte de base como de la localidad de Quicena, y por tanto, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLAUSULAS
1 - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. Para la regulación y control de las instalaciones se creará una comisión formada por dos personas del Ayuntamiento de Quicena y dos del Club Siglo XXI. Estará compuesta por un Presidente (con voto de calidad en caso de empate) y tres vocales. Los miembros se renovarán por acuerdo de la comisión. El cargo de Presidente será renovado cada dos años, recayendo de forma alternativa entre miembros del Ayuntamiento y miembros del Club Deportivo.
2 - INVERSION INICIAL Y OBRAS A REALIZAR. El gasto correrá por parte del club deportivo Siglo XXI y estima en esta primera valoración que no excederá de 120.000 euros. El detalle de dicha inversión es el siguiente:
- Vallado del perímetro del campo de fútbol con dos puertas de acceso, una en la zona del parque para acceso del público en general y otra en la zona del camino para acceso de jugadores, técnicos, árbitros, servicios de urgencia y mantenimiento. Valla de triple torsión con postes cada tres metros y con una altura de 2,50 metros.
- Acondicionamiento del resto del vallado existente en el perímetro del parque “Javier Tomeo” que no incluye la zona del campo de fútbol. Valla decorativa similar a la actual tanto en forma como en medidas, aprovechando y reparando lo existente si se cree conveniente.
- Instalación de torres de luz suficientes para la práctica deportiva en condiciones de escasez de luz, con todas las obligaciones técnicas y administrativas que esto conlleve.
- Acondicionamiento y construcción de red sanitaria para la traída y evacuación de aguas, pudiendo utilizar para tal fin las acometidas existentes para suministro de las piscinas municipales.
- Acondicionamiento de red eléctrica para uso general (alumbrado, calentadores de agua, conexión de diferentes suministros, etc.)
- Acondicionamiento del alumbrado público existente y conexión a la red de alumbrado de las instalaciones deportivas, con el fin de iluminar los accesos y zonas de aparcamiento en condiciones de poca visibilidad.
- Movimiento de tierras y preparación de la superficie de competición, con unas medidas del campo de 100 metros de largo por 45 metros de ancho.
- Instalación de riego automático, con posibilidad de tener el terreno de juego de tierra o césped natural. El tipo de superficie se decidirá de común acuerdo entre las partes en función de criterios económicos y de mantenimiento.
- Control de la evacuación de aguas pluviales, posibilitando dicha evacuación al barranco colindante.
- Preparación/construcción de la zona de gradas en el lateral del parque “Javier Tomeo”.
- Construcción de un edificio para albergar vestuarios tanto para local, visitante y técnicos, botiquín, almacén y sala multiusos, cuya superficie no excederá 100 metros cuadrados.
- Colocación de mallas altas para recoger balones.
- Vallado de la superficie de juego, incluyendo soportes publicitarios.
- Instalación de dos fuentes de agua en las instalaciones deportivas o en el parque “Javier Tomeo”, así como las papeleras suficientes como para procurar mantener las instalaciones limpias.
- Adecuación de la zona vial y de una o dos zonas de aparcamiento, una enfrente de la puerta de acceso de jugadores y, si fuera necesario, otra junto a la entrada del parque.
- Mantenimiento y reposición de las posibles afecciones de jardinería, arbolado y manto vegetal en general de las zonas colindantes y de acceso a la zona de actuación.
En caso de que en el transcurso de la vigencia de este convenio se acordara por ambas partes la necesidad de realizar alguna otra obra de importe inferior a 30.000 € antes de impuestos, se regulará mediante redacción de un anexo que amplíe este convenio. Si el importe de la obra a realizar fuera a partir de 30.000 € antes de impuestos, se procedería a la extinción del presente convenio y se suscribiría uno nuevo.
3 - CONSUMOS Y MANTENIMIENTO. Este capítulo se articula de la siguiente manera:
- El gasto de luz, agua y mantenimiento en general de las instalaciones, tanto deportivas como de los inmuebles, correrá por parte del Club Siglo XXI, así como la limpieza y el mantenimiento ordinario y la revisión por instalador autorizado de sistemas y equipos de Climatización, Calefacción, Agua Caliente Sanitaria, sistemas de evacuación a aguas residuales en su caso, según el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE ) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
- El pago de los impuestos correspondientes (basuras, municipio…) serán por cuenta del Ayuntamiento de Quicena. Así mismo, la Comisión de Seguimiento promoverá iniciativas para la exención total o parcial del ICIO para la construcción inicial y las obras de mantenimiento posteriores en caso de que las hubiera.
- Todo gasto originado por mal uso en las cosas o por actitudes incívicas o violentas, será costeado por el causante, o bien por el responsable o tutor de el/los causantes.
4 - VIGENCIA DEL CONVENIO. En un principio, y dado el montante de la inversión a realizar por el Club Siglo XXI, se establece una vigencia para el presente convenio de DIEZ AÑOS prorrogables a otros DIEZ AÑOS más.
5 -COMPENSACIÓN ECONÓMICA. La compensación económica o precio de la cesión del uso, la hará efectiva el Club Siglo XXI mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el Ayuntamiento de Quicena, a razón de un 50% durante los diez primeros días del mes de junio, y un 50% durante los diez primeros días de noviembre.
El importe de dichas transferencias se calcula en base al siguiente calendario:
Año 2014 Coste cero
Año 2015 Coste cero
Año 2016 3.000,00 € anuales
Año 2017 3.000,00 € anuales
Año 2018 4.000,00 € anuales
Año 2019 4.000,00 € anuales
Año 2020 5.000,00 € anuales
Año 2021 5.000,00 € anuales
Año 2022 6.000,00 € anuales
Año 2023 7.000,00 € anuales
El incumplimiento de estas obligaciones económicas provocará la rescisión inmediata del convenio sin que haya lugar a indemnización alguna por parte del Ayuntamiento. Se considerará incumplimiento cuando la cantidad a transferir no se haga efectiva en los dos meses siguientes al vencimiento. Así mismo, en caso de la obtención de subvenciones tanto públicas como privadas para esta actividad en concreto, éstas se destinarán a la amortización de posibles préstamos contraídos para la financiación de las obras. En caso de que la amortización de dichos préstamos se produjera antes del período de diez años, ambas partes se comprometen a renegociar un nuevo convenio, ajustando las cantidades anuales de forma que sean más ventajosas para el Ayuntamiento sin que ello perjudique al Club Siglo XXI.
6 - USO DE LAS INSTALACIONES. El uso lógico y razonable de este tipo de instalaciones durante la temporada es el siguiente:
- De lunes a viernes, de 15:30 h. a 22:30 h., siete usos diarios de una hora.
- Sábado y domingo, de 09:00 h. a 19:00 h, cinco usos diarios de una hora.
Esto nos da un total de 45 usos semanales, que por cuatro semanas obtenemos un total de 180 usos mensuales. De éstos, el Club Siglo XXI tiene un derecho de uso del 90%, quedando el otro 10% para gestión del Ayuntamiento. Como previsiblemente este uso no se va a aprovechar, y para evitar duplicidades en posibles alquileres, el Club propone que ese 10% de usos mensuales del Ayuntamiento sean de libre disposición para el Club, bien para alquilar a terceros o bien para su propio uso; abonando por supuesto un alquiler de 20,00 €/uso, con lo que el Ayuntamiento recibiría, además de las cantidades citadas en la cláusula 5 de este acuerdo, un total de 360,00 €/mes durante la temporada, es decir, de septiembre a junio ambos inclusive, en concepto de alquiler de usos. Las condiciones de pago e incumplimiento, son las mismas que las mencionadas en la cláusula 5.
La Comisión de Seguimiento determinará la urgencia en caso de necesidad municipal en la organización de eventos deportivos o festivos del municipio, dejando claro la prioridad del propietario del campo, pero intentando ajustar los horarios a las actividades del club.
El uso de las instalaciones deportivas entre la finalización de una temporada y el inicio de la siguiente, es decir, aproximadamente los meses de julio y agosto, queda supeditada a las actividades que puedan organizar ambas entidades, regulada mediante acuerdo por escrito de la Comisión de Seguimiento.
En caso de que exista interés por parte de otras instituciones, estamentos o entidades bien públicas o privadas, en realizar cualquier actividad mantenida en el tiempo, ésta se regulará mediante anexo al presente convenio, acordado por unanimidad entre los componentes de la Comisión de Seguimiento.
7 - HORARIOS DE USO DE LAS INSTALACIONES. Tanto el Ayuntamiento como el Club Siglo XXI, personalizados en la Comisión de Seguimiento, deben de tener llaves de todo. Además, en el Ayuntamiento se guardará una copia rotulada de todas las cerraduras junto con un detalle del funcionamiento de los sistemas de agua, luz, riego, calentadores y demás.
En cuanto al horario, el compromiso del Siglo XXI es abrir las instalaciones para quien lo requiera, en el transcurso de la temporada. Siempre con el visto bueno de la Comisión de Seguimiento, y será ésta Comisión la que establezca y apruebe los horarios definitivos, quedando así mismo publicados en el Ayuntamiento para su conocimiento. A falta de confirmación, éstos horarios pueden ser de las 15.30 de la tarde hasta las 22:30 de la noche en días laborables y desde las 08.30 hasta las 22:30 los fines de semana. Fuera de la temporada, es decir, aproximadamente los meses de julio y agosto, será el Ayuntamiento el encargado de abrir las instalaciones para su uso. Ambas partes pueden delegar en la otra para este extremo.
8 - PUBLICIDAD EN EL CAMPO. La publicidad en las instalaciones deportivas municipales, mediante la exposición de cualquier elemento permanente o temporal, móvil o estático, será gestionada en su totalidad durante la vigencia del convenio por el Club Siglo XXI, de acuerdo con la normativa general de publicidad y la específica sobre menores, alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes. El club Siglo XXI podrá instalar publicidad en los lugares autorizados, teniendo en cuenta que el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de instalar en una parte sus logotipos o la publicidad que estime conveniente, siempre previo acuerdo por ambas partes.
9 - CAUSAS DE ANULACIÓN. Este convenio podrá quedar invalidado por las siguientes causas:
- Acuerdo formal tomado por ambas partes.
- Cualquier incumplimiento económico de los descritos en las cláusulas cinco y seis.
- Desaparición por cualquier motivo del Club Deportivo Siglo XXI.
- Incumplimiento sistemático y reiterado de alguna de las cláusulas reflejadas en el presente convenio por alguna de las partes.
10 - CERTIFICACION DE FINAL DE OBRA. El Ayuntamiento se reserva la potestad de resolver el presente convenio en caso de que las obras ejecutadas no se ajusten al proyecto presentado y que está depositado en las oficinas municipales.
11 - REVISIÓN, AMPLIACIÓN Y MEJORA. Cualquier punto o circunstancia que no estuviera reflejada en este convenio y que ambas partes consideraran de importancia para el mismo, se podrá resolver mediante acuerdo tácito entre las partes o recoger en un anexo al convenio, siempre resuelto con buena fe y desde el sentido común.
12 - ENTRADA EN VIGOR. Todo esto entrará en vigor en el momento en que las dos partes den el visto bueno, firmen el presente convenio y sea publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.
El presente documento tiene todas las capacidades legales necesarias para ser válido donde se le requiera y para ello los abajo firmantes se comprometen a llevarlo adelante y vigilar por su cumplimiento.
Por el Club Deportivo Elemental Siglo XXI Oscense
Av Danzantes 2 - 22005 - HUESCA
CIF: G22203285
Rafael Castro Baena
Presidente del club.
Por el Ayuntamiento de Quicena:
Av. Canaleta, nº 2 - 22191 - QUICENA (Huesca)
CIF: P2226600A
Fco. Javier Belenguer Anzano
Concejal Ayto. Quicena
No hay comentarios:
Publicar un comentario